BEGES: el balance reglamentario de emisiones de GEI (Francia)
El BEGES (balance de emisiones de gases de efecto invernadero) es la obligación francesa de medir y publicar las propias emisiones, regulada por el artículo L.229-25 del Código de Medio Ambiente.
¿Quién debe realizar un BEGES?
Las empresas de más de 500 empleados (250 en ultramar), las administraciones locales de más de 50 000 habitantes, los organismos públicos de más de 250 agentes y los servicios del Estado.
Formato y periodicidad
El balance cubre los Alcances 1, 2 y, desde la normativa reciente, el Alcance 3. Debe actualizarse cada 4 años (empresas) o 3 años (sector público) y publicarse en la plataforma de la ADEME.
BEGES y CSRD
El BEGES sigue siendo la obligación nacional; la CSRD añade un informe europeo más amplio. Un mismo balance de carbono bien construido alimenta ambos. UltraCarbon exporta en formato BEGES y los indicadores CSRD.
Preguntas frecuentes
¿Qué sanciones por la ausencia de BEGES?
La falta de publicación puede acarrear una multa (hasta varias decenas de miles de euros), además del riesgo reputacional.
¿Es obligatorio el Alcance 3 en el BEGES?
Sí, la normativa ha ampliado la obligación al Alcance 3, que ahora debe figurar en el balance.
